El registro del diseño nacional confiere a su titular el derecho exclusivo a utilizarlo en el tráfico económico en toda España. Su titular podrá oponerse a que terceros registren diseños idénticos o parecidos al suyo y prohibir que se utilicen éstos en el mercado.
La prohibición se entiende sobre la apariencia de la totalidad o de una parte de un producto, que se derive de las características de, en particular, las líneas, contornos, colores, forma, textura o materiales del producto en sí o de su ornamentación. Los diseños podrán ser bidimensionales o tridimensionales.
La duración de la protección conferida por los Diseños Industriales es de cinco años contados desde la fecha de presentación de la solicitud de registro, y podrá renovarse por uno o más períodos sucesivos de cinco años hasta un máximo de veinticinco años computados desde dicha fecha.
La Ley 20/2003 de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial y su Reglamento de ejecución regulan su protección.